Análisis a la responsabilidad del estado por la ineficiencia en el control y vigilancia en el pago de acreencias de las entidades promotoras de salud
Parte 3. Responsabilidad extracontractual del estado por actividad de las EPS
Resumen
Detectar los problemas esenciales del modelo de Inspección, Vigilancia y Control, existente en la actualidad, ejercido principalmente por la Superintendencia Nacional de Salud a las Entidades Promotoras de Salud – EPS, desde la implementación de la Ley 10 de Enero 10 de 1990, pasando por la Ley 100 de Diciembre 23 de 1993, reformada básica y principalmente por la Ley 1122 de Enero 9 de 2007 y por la Ley 1438 de Enero 19 de 2011, se convierte en una tarea minuciosa, por ello el problema investigativo apunta al análisis teórico-jurídico de dicha forma de intervención Estatal frente a las EPS, el cual busca la protección y un manejo adecuado de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), que redunde en la garantía a los ciudadanos, de los principios universales y los postulados constitucionales en materia de oportunidad, accesibilidad y calidad, para una plena satisfacción del derecho fundamental a la Salud y a la Seguridad Social. Este tema será desarrollado en una serie de artículos dirigidos a estudiar a profundidad el cuestionamiento ¿De qué manera el Estado incurre en responsabilidad ante la ejecución de las tareas de inspección, vigilancia y control a las EPS que han sido intervenidas por la Superintendencia Nacional de Salud y que han dejado insolutas acreencias a favor de proveedores e instituciones prestadoras de salud, derivadas de la prestación del servicio público de salud?